Rebelión en la granja (en inglés Animal Farm) (1945) es una novela satírica de George Orwell acerca de un grupo de animales en una granja que expulsan a los humanos y crean un sistema de gobierno propio que acaba convirtiéndose en una tiranía brutal. Orwell, un socialista democrático y un miembro del Partido Laborista Independiente por muchos años, fue un crítico de Joseph Stalin. La novela fue escrita durante la segunda guerra mundial y, aunque fue publicada en 1945, no comenzó a ser conocida por el público hasta finales de los años 50. Rebelión en la granja constituye una sátira sobre la corrupción del socialismo soviético en los tiempos de Stalin. Además, la obra constituye un análisis sencillo a la vez que formidable de la corrupción que engendra el poder, en cualquier nivel. El disco de Pink Floyd llamado Animals (1977) está inspirado en esta novela, especialmente las tres canciones centrales, de más de diez minutos de duración, llamadas Dogs, Pigs y Sheep. The Wall, canción de Pink Floyd, muy escuchada y poco entendida habla de un estado totalitario y esto lo estamos viviendo en México de manera brutal con el régimen más reaccionario de todos los tiempos, el de Felipe Calderón, primero una FORMALMENTE no declarada Guerra contra el Narco y ahora otra guerra más contra la pandemia del virus porcino, la primera nos ha costado en dos años mas de 10,000 muertos, un autentico GENOCIDIO, incluso con el aplauso de Estados Unidos de Obama, que lo puso como Elliot Ness, cuando que en realidad es un verdadero Gangster, y ahora cuando su popularidad es de casi cero en la población pensante, resulta este virus brutal que tiene a todo México contaminado e infectado y que nos ha puesto como el pueblo mas indolente, corrupto y empobrecido del orbe, los nuevos gitanos, nadie los quiere, estamos apestados.
El panismo, esta re-arreglando sus gérmenes fascistas y nazis con los que nació y está naciendo un nuevo Mussolini, capaz de destruir a su mismo país con tal de llevar a cabo su odio y perversidad, lleno de alcohol, y de vida personal bipolar, muy especialmente la ciudad capital de México, asiento de la cultura nacional ahora con el panismo convertido en verdadera caricatura fascistoide, ya que el mismo Mussolini, llega al poder con un mesianismo de la herencia romana, queriendo restituir su grandeza, pero en México, Calderón es lo inverso, es el pandillerismo al estilo la colonia Portales, de donde es oriundo en términos capitalinos, es golpear a quien se le ponga enfrente, primero su odio visceral fue contra AMLO (a) El Peje Rojo, y se enfocó en la destrucción total de Tabasco, lo inundó, según nuestra percepción vino después de la visita de Negroponte, el mas peligroso de los personajes bushianos y straussianos, y utilizando las nuevas tecnologías de HAARP; ahora con el virus tan extraño en su composición de aviar, porcino y humano, que solo, los militares struassianos pudieron generarlo (Fort Detrick), y viene a salir inmediatamente después de que Obama empieza a filtrar los memorandums sobre las torturas en Irak y en Cuba, que llevarían a juzgar como criminales de guerra a los miembros presidenciales de Bush, como Al González ya denunciado en la Corte Internacional de la Haya, por el juez español, Baltasar Garzón, y ya salió a relucir también Condie Rice, la Secretaria de Estado de Bush, entonces es extraño que se haya soltado este monstruo genetico, primero tratando de infectar al mismo Obama en México {se dice que un agente de su guardia personal está infectado, y ahora a todo México y Estados Unidos, esto solo vendría de mentes perversas como Ronald Rumsfeld y George Schultz, ya bien probadas han sido en cuanto asunto han tenido que ver los Bushes, los Reagan y los Nixon, por lo tanto pensamos en una total sintonía de Calderón con Bush, pues pone al pueblo mexicano como escenario de las luchas internas imperiales entre el bushismo que desprecia a Obama, esto quedo de manifiesto cuando se entrevistó por primera vez con Obama en la Embajada mexicana de Washington, inmediatamente salió para ver a Bush, todavía presidente, que no se nos olvide de la afinidad de FECAL también con Uribe de Colombia, es la triada del mal, y México es ahora el experimento de la Granja de Orwell, en donde los animales se rebelan contra sus dueños, hay un efecto colateral poco estudiado, las bolsas de commodities de Chicago, contrarias a Wall Street están resintiendo los efectos en los Livestock commodities.Pero las farmaceuticas suben y suben
DECRETO por el que se ordenan diversas acciones en materia de salubridad general, para prevenir, controlar y combatir la existencia y transmisión del virus de influenza estacional epidémica.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 4o., tercer párrafo, 73, fracción XVI, bases 1a a 4a de la propia Constitución; 3o., fracciones III, XV y XVII, 4o., 6o., fracciones I y V, 7o., fracciones I y XIII, 13, apartado A, fracciones V, VII bis, IX y X, 15, 33, fracción I, 133, fracción II, 134, fracción II, 135, 139, 140, 141, 143, 147, 148, 150, 152, 181 a 184, 402 y 404 de la Ley General de Salud; 41, fracciones II y V de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y
CONSIDERANDO
Que toda persona tiene derecho a la protección de la salud, en términos del marco constitucional y legal aplicable;
Que es deber del gobierno mexicano implementar las medidas preventivas, de control y combate a cualquier enfermedad transmisible que pueda constituir una amenaza a la salud humana, al orden o la paz públicos;
Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 73, fracción XVI, Bases 2a. y 3a., que en caso de epidemias de carácter grave, la Secretaría de Salud tendrá obligación de dictar inmediatamente las medidas preventivas indispensables;
Que la autoridad sanitaria, en la determinación de las medidas siguientes:
ARTÍCULO PRIMERO.- El Secretario de Salud, implementará, pondrá en práctica, coordinará y evaluará, todas las acciones que resulten necesarias para prevenir, controlar y combatir la existencia y transmisión del virus de influenza estacional epidémica objeto del presente Decreto.
ARTÍCULO SEGUNDO.- La Secretaría de Salud, con el propósito de combatir la epidemia y cuando lo estime pertinente, implementará de manera inmediata en las regiones afectadas de todo el territorio nacional, las acciones ejecutivas siguientes:
I. El aislamiento de personas que puedan padecer la enfermedad y de los portadores de gérmenes de la misma, por el tiempo que resulte estrictamente necesario, así como la limitación de sus actividades, cuando así se amerite por razones epidemiológicas;
II. La aplicación de sueros, vacunas y otros recursos preventivos y terapéuticos;
III. La inspección de pasajeros que puedan ser portadores de gérmenes, así como de equipajes, medios de transporte, mercancías y otros objetos que puedan ser fuentes o vehículos de agentes patógenos;
IV. El ingreso a todo tipo de local o casa habitación para el cumplimiento de actividades dirigidas al control y combate de la epidemia;
V. La utilización de todos los recursos médicos y de asistencia social de los sectores público, social y privado existentes;
VI. La adquisición a nivel nacional o internacional, de equipo médico, agentes de diagnóstico, material quirúrgico y de curación y productos higiénicos, así como todo tipo de mercancías, objetos, bienes y servicios que resulten necesarios para hacer frente a la contingencia, sin necesidad de agotar el procedimiento de licitación pública, por las cantidades o conceptos necesarios para afrontarla;
VII. Importar y autorizar la importación de los bienes y servicios citados en el inciso anterior, sin necesidad de agotar trámite administrativo alguno, por las cantidades o conceptos necesarios para afrontar la contingencia objeto de este decreto;
VIII. Ordenar las medidas atingentes a fin de evitar congregaciones de personas en cualquier lugar de reunión, incluyendo la clausura temporal de locales o centros de espectáculo;
IX. La encomienda a las autoridades federales, estatales y municipales, así como a los profesionales técnicos y auxiliares de las disciplinas para la salud, el desempeño de las actividades que estime necesarias;
X. La regulación del tránsito terrestre, marítimo y aéreo, así como disponer libremente de todos los medios de transporte de propiedad del Estado y de servicio público, cualquiera que sea el régimen legal a que estén sujetos estos últimos;
XI. La utilización libre y prioritaria de los servicios telefónicos, telegráficos y de correos, así como las transmisiones de radio y televisión, estableciendo las directrices informativas necesarias a fin de transmitir clara y oportunamente las medidas que se adopten para afrontar la contingencia;
XII. La solicitud de auxilio o apoyo a instancias y organismos internacionales, con el propósito de colaborar con las autoridades mexicanas, etc.
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